Cómo declarar ETFs en la declaración de la renta en España (2026)
Declarar correctamente la venta de ETFs en el IRPF es más sencillo de lo que parece, pero hay detalles que conviene tener claros antes de rellenar el borrador: el criterio FIFO, la distinción entre ETFs de distribución y acumulación, la retención a cuenta y cómo compensar pérdidas.
Esta guía cubre el proceso completo para la declaración de la renta del ejercicio 2025 (campaña 2026), con los tipos del IRPF del ahorro vigentes.
Cuándo tienes que declarar algo por tus ETFs
Debes declarar si:
- Has vendido (reembolsado) participaciones de un ETF y has obtenido ganancia o pérdida
- Has cobrado dividendos de un ETF de distribución
- Tienes cuentas en el extranjero con saldo superior a 50.000€ (Modelo 720, aunque solo para información — sin efecto en cuota)
No debes declarar si:
- Tienes ETFs de acumulación que no has vendido (no hay evento fiscal)
- Has traspasado fondos de inversión entre sí (no aplica a ETFs — los ETFs no tienen régimen de traspaso)
- Tienes ETFs con pérdidas que no has vendido
Paso 1: Calcular la ganancia o pérdida patrimonial
La ganancia es la diferencia entre:
- Valor de transmisión: lo que recibiste por vender, menos comisiones de venta
- Valor de adquisición: lo que pagaste al comprar, más comisiones de compra
Ganancia = (Precio venta × nº participaciones − comisiones venta)
− (Precio compra × nº participaciones + comisiones compra)
Ejemplo práctico:
- Compraste 100 participaciones de VWCE a 90€ + 1€ de comisión = 9.001€
- Vendiste 100 participaciones a 115€ − 1€ de comisión = 11.499€
- Ganancia = 11.499 − 9.001 = 2.498€
- Impuesto al 19% = 474,62€
La calculadora de IRPF de BogleHub te hace este cálculo automáticamente con desglose por tramos.
Paso 2: El criterio FIFO — qué pasa si compraste en varias veces
Si has comprado el mismo ETF en distintas fechas a precios diferentes y luego vendes solo una parte, Hacienda aplica el criterio FIFO (First In, First Out): se consideran vendidas primero las participaciones más antiguas.
Ejemplo:
- Enero 2023: 50 participaciones a 80€ = 4.000€
- Enero 2024: 50 participaciones a 100€ = 5.000€
- Julio 2025: vendes 50 participaciones a 120€
FIFO considera que vendiste las 50 de enero 2023:
- Ganancia = (50 × 120) − 4.000 = 6.000 − 4.000 = 2.000€
Si en cambio usáramos LIFO (últimas en entrar, primeras en salir):
- Ganancia = 6.000 − 5.000 = 1.000€ (menos impuesto, pero no es lo que aplica Hacienda)
Tu broker debería informarte del precio medio de adquisición y la ganancia calculada en el certificado fiscal anual.
Paso 3: Dónde se declara en el borrador de la renta
Las ganancias y pérdidas por venta de ETFs van en la base del ahorro, sección de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales:
- Accede a la Renta Web de la AEAT (renta.agenciatributaria.gob.es)
- Importa el borrador con los datos fiscales de tu broker (muchos brokers envían los datos a la AEAT directamente)
- Revisa el apartado "Ganancias y pérdidas patrimoniales — transmisiones"
- Cada operación de venta aparece con: fecha de compra, fecha de venta, valor de adquisición, valor de transmisión y ganancia/pérdida
Si el broker no ha enviado los datos (frecuente con brokers extranjeros como DEGIRO o Trade Republic), tendrás que introducirlos manualmente con el certificado fiscal que te enviaron.
Paso 4: Los tipos del IRPF del ahorro en 2026
La ganancia patrimonial tributa en la base del ahorro con esta escala progresiva:
| Base del ahorro | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000€ | 19% |
| 6.000€ – 50.000€ | 21% |
| 50.000€ – 200.000€ | 23% |
| 200.000€ – 300.000€ | 27% |
| Más de 300.000€ | 28% |
El impuesto es progresivo: si ganas 10.000€, pagas el 19% de los primeros 6.000€ (1.140€) y el 21% de los 4.000€ restantes (840€). Total: 1.980€, no 10.000 × 21% = 2.100€.
Paso 5: Compensar pérdidas con ganancias
Las pérdidas patrimoniales del año (incluidas las de ETFs, acciones y fondos) compensan las ganancias del mismo tipo. El proceso:
- Suma todas las ganancias del año: +5.000€
- Suma todas las pérdidas del año: −2.000€
- Base imponible neta: +3.000€
- Impuesto: 19% de 3.000€ = 570€
Si el saldo es negativo (más pérdidas que ganancias), puedes arrastrarlo a los 4 ejercicios siguientes para compensar futuras ganancias.
Regla de los dos meses: si vendes un ETF o acción con pérdidas y recompras el mismo valor cotizado en los dos meses anteriores o posteriores, Hacienda rechaza la pérdida (anti-lavado de pérdidas fiscales). Espera más de dos meses antes de recomprar, o compra un ETF diferente que siga el mismo índice.
ETFs de distribución: los dividendos sí tributan cada año
Si tienes ETFs que reparten dividendos (distribución), cada pago tributa como rendimiento del capital mobiliario al 19-28% según importe. No importa que no hayas vendido ninguna participación.
Los brokers con sede en España aplican una retención a cuenta del 19% en el momento del cobro. Esa retención se resta del impuesto final a pagar en la declaración. Si la retención fue suficiente, puede que te devuelvan parte.
Los brokers extranjeros (DEGIRO, Trade Republic) normalmente no aplican retención española — eres tú quien debe declarar y pagar directamente. El certificado fiscal del broker desglosará todos los dividendos del año.
ETFs de acumulación: sin eventos fiscales hasta que vendas
Los ETFs de acumulación (Acc) reinvierten los dividendos dentro del fondo. Desde la perspectiva del IRPF español, no hay evento fiscal por los dividendos reinvertidos. Solo tributas cuando vendes participaciones, por la diferencia entre precio de venta y precio de compra.
Este es uno de los principales motivos por los que los ETFs de acumulación son más eficientes para inversores en España en fase de crecimiento.
Errores frecuentes al declarar ETFs
- Declarar el importe total de la venta como ganancia: solo tributa la ganancia (venta menos compra), no el total recibido
- Olvidar las comisiones: tanto las de compra como las de venta reducen la ganancia declarable
- No aplicar el FIFO correctamente: puede calcular una ganancia diferente a la real
- Confundir el traspaso de fondos con la venta de ETFs: el traspaso entre fondos no tributa; vender un ETF sí lo hace siempre
- No declarar dividendos de ETFs de distribución en brokers extranjeros: son rendimientos del capital mobiliario aunque no hayas vendido nada
Fuentes y lecturas complementarias
- AEAT — Renta Web 2026 — Plataforma oficial para presentar la declaración de la renta.
- AEAT — Manual IRPF 2025 — Manual oficial con los criterios aplicables a ganancias patrimoniales.
- Calculadora IRPF venta de fondos y ETFs — BogleHub — Calcula el impuesto antes de vender con desglose por tramos.
Información educativa, no asesoramiento financiero. Verifica con tu asesor fiscal antes de tomar decisiones.